La "declaración de equivalencia" es el reconocimiento oficial de la formación superada para obtener un título extranjero, el cual se considera equiparable a los requisitos establecidos en España para obtener un grado académico de Grado, Máster Universitario o Doctorado. La credencial de equivalencia no incluye los efectos profesionales para aquellos títulos que puedan obtenerse mediante homologación.
La obtención de la declaración de equivalencia tendrá en todo el territorio nacional, desde la fecha en que se conceda la misma y se expida el correspondiente certificado, los efectos académicos y administrativos correspondientes al nivel académico respecto del cual se haya declarado la equivalencia.
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