Trabajar por cuenta ajena

Un trabajador por cuenta ajena es una persona que, de manera voluntaria, presta sus servicios remunerados bajo la organización y dirección de un empleador o empresario, ya sea una persona física o jurídica.

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I. Aspectos generales

1. Concesión de la autorización inicial de residencia y trabajo

Una persona física o jurídica interesada en contratar a un extranjero que se encuentre en su país de origen o en otro país donde resida legalmente deberá solicitar una autorización inicial de residencia y trabajo en España. Durante este proceso, se considerará la situación nacional de empleo, es decir, se verificará si existen trabajadores nacionales o residentes en España que puedan cubrir el puesto antes de autorizar la contratación de un extranjero.

Sin embargo, si el trabajador es originario de Perú o Chile, el empleador estará exento de acreditar la situación nacional de empleo. Esto significa que, en estos casos específicos, no es necesario demostrar la falta de candidatos locales o residentes para el puesto, facilitando así la contratación de personas de estas nacionalidades.

2. Solicitud de la autorización inicial de residencia y trabajo

Para solicitar la autorización, el empleador debe presentar el precontrato ante la Oficina de Extranjería donde se localice el centro de trabajo, junto con el contrato y otros documentos requeridos. Si se cumplen los requisitos, la autoridad emite la autorización.

Si el extranjero se encuentra en su país de origen o en un país donde reside legalmente, deberá solicitar el visado correspondiente. Una vez en España, la empresa deberá darle de alta en la Seguridad Social, momento a partir del cual la autorización de residencia y trabajo adquirirá plena eficacia.

3. Obligación del empleador de comunicar desistimiento o cambio

El empleador está obligado a notificar si ya no necesita la contratación o si las condiciones del contrato cambian mientras se espera la autorización o el visado. Si el trabajador ya está en España, el empleador debe registrar el contrato en el Servicio Público de Empleo y dar de alta al trabajador en la Seguridad Social. Si no se inicia la relación laboral, el empleador debe informar a las autoridades.

4. Limitación de la autorización inicial de residencia y trabajo

La autorización inicial suele estar limitada a un territorio específico y una ocupación concreta.

5. Vigencia

La duración de esta autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena será de un año, dos o de tres años según sea el procedimiento realizado.

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II. Aspectos específicos

1. Procedimientos que permiten trabajar ingresando como turista:

Sólo es posible obtener autorizaciones de trabajo mediante aquellas concedidas en el marco de la Sección Segunda de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

2. Procedimientos que permiten la contratación de la persona extranjera por circunstancias excepcionales:

Se permite la contratación cuando la persona extranjera, encontrándose en España, cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería, en relación con la “Residencia temporal por circunstancias excepcionales”, ya sea por arraigo, protección internacional, razones humanitarias, colaboración con autoridades, seguridad nacional o interés público.

3. Procedimientos que permiten contratar a un estudiante extranjero:

La persona extranjera titular de una estancia por estudios para cursar formación universitaria, enseñanzas artísticas superiores o formación profesional de grado superior que conduzcan a la obtención de títulos conforme a los niveles y cualificaciones del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior estará autorizada para trabajar sin necesidad de un trámite adicional. En el caso de otras formaciones, será necesario solicitar la correspondiente autorización de trabajo.

4. Procedimientos iniciados en España y que requieren posterior visado:

Otros procedimientos establecidos en la Ley y en el Reglamento de Extranjería, requieren que la solicitud de residencia y trabajo sea solicitada por el empleador en España y el ciudadano extranjero deberá solicitar el posterior visado en el país de origen o de residencia legal.

Asimismo, la reagrupación familiar de familiar comunitario, español o ciudadano extracomunitario, en ciertos casos requiere ser solicitado en España para que posteriormente el familiar extranjero solicite el visado, esas autorizaciones incluyen autorización para trabaja cuando el reagrupado sea mayor de edad.

5. Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura:

El Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura contiene las profesiones para las cuales los Servicios Públicos de Empleo encuentran dificultades al gestionar las ofertas de trabajo que reciben de empleadores. Esto se debe a la escasez de personas disponibles en el mercado laboral local para cubrir estos puestos.

De acuerdo con el artículo 65.1 del Real Decreto 557/2011, este catálogo es una herramienta regulatoria basada en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, reformada en 2009, que establece los derechos y libertades de los extranjeros en España. Su propósito es facilitar a los empleadores la contratación de trabajadores extranjeros en ocupaciones específicas en las que se constate una falta de candidatos.

Este catálogo se publica trimestralmente y se elabora de manera específica para cada provincia, así como para las islas en provincias insulares y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Su vigencia se extiende desde el primer hasta el último día hábil del siguiente trimestre natural.

La inclusión de una ocupación en este catálogo en una determinada zona permite al empleador solicitar, de manera más ágil, la autorización de residencia y trabajo para un trabajador extranjero que ocupe dicho puesto, facilitando así el proceso de cobertura de vacantes en sectores con alta demanda.

6. Homologación de profesiones reguladas:

La homologación de profesiones reguladas en España es el procedimiento mediante el cual el Estado español reconoce la validez de un título extranjero para ejercer una profesión específica en su territorio. Es particularmente importante para profesiones que están reguladas por ley y que requieren competencias específicas debido a la responsabilidad y el impacto que tienen en la sociedad, como la medicina, la ingeniería, la abogacía, la enseñanza, entre otras.

La homologación garantiza que las personas extranjeras que desean ejercer una profesión regulada en España poseen las competencias, conocimientos y habilidades equivalentes a las exigidas por el sistema educativo español. Este reconocimiento permite que el profesional extranjero pueda inscribirse en el colegio profesional correspondiente (cuando sea necesario), firmar documentos oficiales o ejecutar actos reservados a profesionales legalmente autorizados en el país.

7. La equivalencia de la formación universitaria o no universitaria extranjera:

La equivalencia de estudios en España es el proceso mediante el cual se reconoce un título o nivel de estudios obtenido en el extranjero como comparable a un nivel educativo del sistema español, en términos de valor académico o profesional. A diferencia de la homologación, que se aplica a títulos específicos para el ejercicio de profesiones reguladas, la equivalencia se utiliza para reconocer estudios generales y permite que las personas con títulos extranjeros puedan acceder a estudios adicionales o competir en el mercado laboral en condiciones similares a las de quienes han estudiado en España.

La equivalencia es fundamental para validar formalmente el nivel académico de una persona que ha cursado estudios fuera de España, permitiéndole acceder a oportunidades en el ámbito académico y laboral en condiciones de igualdad.

Existen diversos niveles para los cuales se puede solicitar la equivalencia:

  • Equivalencia de nivel de estudios no universitarios: Reconoce estudios de secundaria y formación profesional, permitiendo, por ejemplo, acceder al bachillerato, la FP o a grados superiores.
  • Equivalencia de estudios universitarios: Permite a quienes tienen títulos de grado, máster o estudios técnicos fuera de España que puedan compararse con los mismos niveles académicos españoles, aunque no habilita automáticamente para el ejercicio de profesiones reguladas.

8. Convenios Colectivos en España: Herramienta clave para conocer el salario mínimo para trabajadores extranjeros:

Los convenios colectivos son una herramienta fundamental para que los trabajadores extranjeros en España, al igual que los nacionales, puedan conocer el salario mínimo que les corresponde en función del sector o actividad en la que se desempeñan.

¿Para qué sirven los convenios colectivos en relación con el salario mínimo?

Aunque en España existe un Salario Mínimo Interprofesional (SMI) establecido por el gobierno, los convenios colectivos fijan un salario mínimo específico para cada sector o empresa, que a menudo supera al SMI general. Esto permite a los trabajadores extranjeros asegurarse de que reciben el salario mínimo legal aplicable a su puesto de trabajo.

En el convenio, pueden encontrar detalles como la escala salarial por categoría profesional, antigüedad y otros complementos salariales específicos que les permitan conocer su retribución justa.

Relación con la regularización de la situación laboral

Para aquellos extranjeros que están en trámites de obtener o renovar una autorización de residencia y trabajo en España, el cumplimiento de los estándares salariales establecidos en el convenio colectivo es también relevante para demostrar que las condiciones del empleo son legales y adecuadas, un requisito clave en muchos procedimientos de extranjería.

Este supuesto te interesa si...

  • Eres menor de treinta años y recibes una oferta laboral con un salario anual bruto de 30.000,00 euros.
  • Eres trabajador autónomo o independiente en tu país de origen o de residencia legal y deseas trasladar tu negocio a España.
  • Deseas estudiar y trabajar en España.
  • Llevas al menos dos años de permanencia en España en situación administrativa irregular.
  • Quieres saber en qué sector existen más ofertas laborales.

PREGUNTAS FRECUENTES

Para trabajar en España, los ciudadanos de países fuera de la Unión Europea (UE) deben obtener un visado de trabajo, que generalmente se solicita a través de una oferta de empleo concreta. Este visado permite tanto residir como trabajar en el país y se tramita en el consulado español del país de origen del interesado. Los ciudadanos de la UE y del Espacio Económico Europeo no necesitan visado, aunque deberán registrarse en la Oficina de Extranjeros de España.
Para solicitar un permiso de trabajo, es necesario contar con una oferta de empleo de una empresa en España. La empresa debe justificar que el puesto no puede ser cubierto por un ciudadano español o de la UE, salvo que el postulante extranjero sea nacional de Perú o Chile. Además, el solicitante debe cumplir con los requisitos profesionales y de cualificación necesarios para el puesto. También se consideran los antecedentes penales y el estado de salud del solicitante.
Sí, es posible cambiar de empleador, aunque dependerá del tipo de permiso de trabajo que posea el interesado. En algunos casos, es necesario solicitar un nuevo permiso de trabajo si el permiso anterior estaba vinculado a un empleador específico. Para cambiar de empleador sin problemas, es recomendable que el interesado consulte los términos de su permiso o que reciba asesoramiento legal sobre el procedimiento correspondiente.
Sí, existe un permiso específico para trabajadores autónomos o freelance en España, conocido como permiso de residencia y trabajo por cuenta propia, teletrabajador de carácter internacional o emprendedor. Para obtenerlo, el interesado debe presentar un plan de negocio viable y demostrar los recursos económicos necesarios para establecer su actividad en el país. También se requiere una justificación de la experiencia y habilidades relacionadas con el negocio o actividad que desea desarrollar, entre otros requisitos.
El contrato laboral es fundamental para el proceso de obtención de un permiso de trabajo, ya que es uno de los principales requisitos para su concesión. Además, si el permiso de trabajo está vinculado a un contrato en particular, un cambio en el mismo puede requerir una modificación en el permiso. Es importante asegurarse de que el contrato cumpla con los términos legales en cuanto a salario, horas laborales y condiciones de trabajo.

CONTRATARNOS ES MUY FÁCIL

Cada caso es único y requiere una atención personalizada y especializada. Por ello, hemos simplificado el proceso para contratar nuestros servicios legales en tres pasos claros y directos:
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1º Consulta

Para conocer los detalles de tu problema es necesario agendar una consulta, que puede ser de 20 o 50 minutos, durante ese tiempo responderemos las preguntas que nos permitirá analizar tu situación, evaluar tus necesidades y ofrecerte una primera solución.

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2º Presupuesto

Tras la consulta inicial, recibirás el presupuesto con los honorarios personalizados y bastante competitivos. No queremos espantarte con precios desorbitados.

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3º Hoja de encargo

Aceptado el presupuesto, procederemos a formalizar la contratación de nuestros servicios mediante una hoja de encargo. Este documento contiene las condiciones y la responsabilidad que asumimos al elegirnos como tu representante ante la respectiva jurisdicción además es la puesta en marcha del servicio contratado.

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Emigrar a España

En este apartado se detallan las opciones para que ciudadanos extranjeros, comunitarios o extracomunitarios, permanezcan en España más de 90 días por estudio, trabajo, residencia o inversión, cumpliendo la normativa vigente.
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Estudios extranjeros

Los estudios realizados en el extranjero pueden ser reconocidos en España, según sean títulos universitarios o no. Este proceso permite acceder a empleos, profesiones reguladas o continuar estudios universitarios en España.

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El talento que tu empresa necesita no tiene fronteras. Nos encargamos de todo para que contratar trabajadores extranjeros sea fácil, rápido y sin riesgos: permisos de trabajo y residencia, contratación en origen y cumplimiento normativo en materia laboral. Tú te centras en hacer crecer tu negocio; nosotros nos ocupamos de la parte legal.

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